Sant Josep: el TSJB anula la licencia de apertura y funcionamiento de la carpintería Alba |
(Diario de Ibiza, 7/04/2011)
El tribunal sostiene que la calificación de suelo rústico de la zona no permite la explotación del negocio y apunta que aún es aplicable la sentencia de 1995
IBIZA | E. R. La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) ha declarado nula la licencia de apertura y funcionamiento que el Ayuntamiento de Sant Josep concedió a Pitiüses Alba S.L. (carpintería Alba) en marzo de 2006, durante el anterior gobierno municipal del PP. La misma sentencia revoca el fallo judicial dictado por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 que estimaba parcialmente el recurso contra dicha licencia y acordaba retrotraer la tramitación de la autorización al momento en que el Consell debía haber informado el interés general del negocio.
La sentencia recuerda que en octubre de 1995 el mismo tribunal ya denegó la licencia de actividad o instalación solicitada para «la actividad de fabricación, exposición y venta al por mayor y al detalle de muebles» y concluyó que el planeamiento urbanístico del municipio «no admitía ese uso en ese suelo, que es exactamente el mismo donde se pretende ahora la apertura y funcionamiento de esa actividad».
Al no haber cambiado el planeamiento urbanístico la calificación de este terreno (suelo rústico, que no admite dicho uso), el tribunal sostiene que la retroacción que planteaba la sentencia anterior para la emisión de un pronunciamiento sobre la declaración de interés general por parte del Consell es del todo «errónea» al quedar «constancia de que los usos no permiten esa actividad en ese suelo». «En consecuencia la sentencia dictada en octubre de 1995 sigue siendo plenamente aplicable al supuesto de autos», subraya.
Escuela taller
El fallo del TSJB, contra el que no cabe recurso ordinario, apunta que el hecho de que ahora en este local se realice una actividad de escuela taller puede tener su «trascendencia» a los efectos de conseguir una declaración de interés general, pero ello «no exime de que aún en ese caso, de haber tenido dicha declaración, que no la tiene, sean de aplicación los usos que el planeamiento contempla en relación al suelo rústico en ese lugar concreto y la actividad que en él se pretende».
La propiedad de la carpintería pidió licencia de actividad en agosto de 2001. La Comisión Insular de Urbanismo (Ciotupha) del Consell declaró su «incompetencia funcional» dado que de «la documentación del expediente se derivaba que la actividad funcionaba ininterrumpidamente con anterioridad a la vigencia de la Ley de Disciplina urbanística, en concreto desde el año 1988». En todo caso, la Ciotupha consideraba que la actividad de la escuela taller se debía mantener atendiendo su función de contribución a la inserción laboral.
Previamente, en septiembre de 2001 el Consell había denegado la declaración de interés general al no cumplir los requisitos que establece la Ley de suelo rústico. En julio de 2005 el Ayuntamiento concedió la licencia de actividad.
Asimismo, después de solicitar al Consell una aclaración sobre la diferencia entre la declaración de interés general y la de incompetencia funcional, el Consistorio dio en 2006 la licencia de apertura y funcionamiento ahora declarada nula. En su aclaración el Consell explicaba que «la incompetencia funcional reconoce la actividad y el uso que se viene dando desde una fecha determinada en edificaciones preexistentes que se mantienen sin cambios de usos ni ampliaciones y su reconocimiento remueve el obstáculo de su ubicación en suelo rústico».
«Vamos a pedir el cierre del negocio»
IBIZA | E. R. Eduard Clavell, el abogado del grupo de vecinos que desde hace más de 15 años denuncia la situación de ilegalidad de carpintería Alba, asegura que esta sentencia supone «un triunfo más» y adelanta que exigirá al Consistorio que actúe de oficio y, en cumplimiento del fallo judicial, ordene en «cierre del negocio». «De no hacerlo por las buenas, pediremos la ejecución de sentencia en los juzgados», destaca.
El edil de Urbanismo, Josep Antoni Prats, dijo ayer que desconocía la existencia de este nuevo fallo judicial y eludió pronunciarse sobre el mismo a la espera de conocer lo que determinen «los servicios jurídicos» de la institución.
Aparte del contencioso administrativo, los vecinos denunciaron los hechos hace años por la vía penal. La Fiscalía pide una pena de 16 años de inhabilitación contra el exalcalde de Sant Josep José Serra Escandell, del PP, por la comisión supuesta de dos delitos de prevaricación. El Ministerio Público también solicita en su escrito de acusación que se proceda a la declaración de nulidad de la legalización del edificio y de la licencia de actividad. Pide que las instalaciones sean derribadas.