El Consell confirma que el Govern deberá indemnizar por Benirràs |
(Diario de Ibiza, 3/06/2008)
El informe jurídico emitido por la institución ibicenca señala que las compensaciones exactas deberán ser determinadas por un consorcio con presencia de todas las Administraciones
Eivissa | J. LL. FERRER. El informe jurídico emitido por los letrados del Consell Insular de Eivissa en relación a las licencias otorgadas en Benirràs confirma que éstas «se han convertido en inejecutables», por haberse producido su «revocación automática». Sin embargo, también admite que los titulares de estas licencias sí tienen derecho a reclamar indemnizaciones, «siempre y cuando se verificara que [estas autorizaciones] eran ajustadas a derecho».
El informe jurídico, que ayer fue remitido al Ayuntamiento de Sant Joan, tras haberlo reclamado formalmente, dedica seis de sus trece páginas a analizar la necesidad o no de pagar indemnizaciones a los propietarios de la decena de licencias otorgada en el interior de la zona protegida. Tras citar abundante jurisprudencia y precedentes similares de otras zonas del país, los letrados del Consell señalan que en el caso de Benirràs no sólo hay expectativas de negocio frustradas por haberse convertido un suelo urbanizable en rústico protegido -lo que, por sí solo, no sería indemnizable-, sino que existen «licencias de obras otorgadas». «No se trataría ya de una simple expectativa que incorpore un valor especulativo», señala el documento. A estas indemnizaciones «debería hacer frente el Govern de les Illes Balears», según se desprende de la Ley de Medidas Territoriales que aprobó el Parlament.
Esta misma ley prevé precisamente para el caso de Eivissa -no para el resto de Balears- la creación de un Consorcio de Reconversión Territorial, integrado por representantes del Consell, el Govern y los ayuntamientos, que tendrá por objeto habilitar nuevos terrenos urbanizables para compensar a los propietarios afectados por la protección de sus terrenos, como es el caso de Benirràs.
En áreas de transición
El artículo 9 de la Ley de Medidas Territoriales establece que este Consorcio «propondrá las medidas adecuadas para compensar una posible pérdida del aprovechamiento urbanístico» y dicha compensación se ubicaría «en terrenos calificados como área de transición por el Plan Territorial Insular de Eivissa y Formentera». Además, la normativa atribuye al Govern el peso de las indemnizaciones cuando dice: «Las responsabilidades patrimoniales derivadas de la ejecución de los acuerdos del Consorcio corresponderán al Govern balear, de acuerdo con las condiciones que fijen los estatutos del Consorcio».
El informe jurídico del Consell señala que «este es el órgano llamado a determinar, si es el caso, qué derechos son indemnizables y la posible compensación/reubicación de éstos en otros lugares, teniendo en cuenta que su finalidad es la recuperación paisajística de estos lugares protegidos, respecto a los cuales prima el interés general de conservación de la zona».
Obras en zona protegida
Dos máquinas excavadoras, mientras tanto, llevan realizando trabajos de deforestación, desmontes y apertura de viales en plena zona protegida, en un lugar de gran impacto visual, desde hace varios días. El Ayuntamiento de Sant Joan ha decidido no atender el requerimiento enviado por el Consell Insular hace unos diez días, alegando que antes quiere conocer tanto la opinión de sus propios servicios jurídicos, como el de otros gabinetes externos. También reclamó una copia del informe jurídico del Consell.
Reubicar las parcelas
El Consorcio de Reconversión Territorial previsto en la ley para la isla de Eivissa prevé que se habiliten zonas edificables en otros lugares para los afectados por la protección de sus parcelas.
«Las licencias no se pueden materializar»Eivissa | J. LL. F. El informe del Consell confirma que «la desclasificación de los terrenos con licencias otorgadas implica que éstas no se puedan materializar». Con este título, el dictamen da paso a un capítulo de varios folios en el que desgrana los motivos por los cuales la ley impide ejecutar estas licencias y se apoya para ello en abundantes sentencias previas emanadas de los tribunales de Justicia.
El motivo por el que no pueden construirse los permisos radica en que la Ley de Espacios Naturales (LEN) -que pasa a regular la zona a partir de ahora- determina la «imposibilidad de ejecución de las licencias», aunque siempre advirtiendo: «Sin perjuicio de la posible responsabilidad patrimonial por acto legislativo».
«Mayor restricción»
La LEN afirma que, en caso de normas contradictorias sobre un mismo territorio, siempre prevalecerán las que «supongan una mayor restricción».
Pese a que hace ya unos quince días que el alcalde de Sant Joan aseguró haber encargado sus propios informes jurídicos, de momento no se ha hecho públicos ninguno de ellos.
El conseller de Urbanismo, Miquel Ramon, ha eludido en los últimos días, desde que se iniciaron las obras en Benirràs, anunciar acciones concretas contra este promotor, expresando su confianza en la «lealtad institucional» del Ayuntamiento de Sant Joan. Ramon también se mostró dispuesto a brindar información y colaboración técnica y jurídica al Consistorio para aclarar el régimen concreto que a partir de ahora pesa sobre este espacio natural.
Los ecologistas, ante el progreso de las excavaciones, han reclamado al Consell que precinte la maquinaria y, si es necesario, se envíe a la Guardia Civil.