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Sant Josep: la Audiencia decreta fianza de 100.000 euros para que Huerta pueda salir de prisión

(Diario de Ibiza, 20/03/2009)

Los magistrados aceptan el segundo recurso de la defensa del ex arquitecto municipal de Sant Josep. Critican la falta de información «relevante» aportada por el instructor para tomar una decisión en este caso

EIVISSA | EUGENIO RODRÍGUEZ El ex arquitecto municipal de Sant Josep Antonio Huerta Briz podrá salir de prisión después de algo más de cinco meses privado de libertad si paga una fianza de 100.000 euros. La sección primera de la Audiencia Provincial dictó ayer mismo un auto en el que estima el recurso de apelación presentado por la defensa de Huerta y acuerda que éste pueda eludir la prisión provisional si abona la cantidad citada, aunque le prohíbe abandonar la isla sin autorización judicial y entrega del pasaporte, con la obligación, además, de presentarse semanalmente en el juzgado.

El tribunal destaca en su resolución que carecía de información previa «relevante» sobre la investigación del supuesto caso de corrupción urbanística, por lo que se ha limitado exclusivamente a «examinar la bondad del mantenimiento de la controvertida medida cautelar», la de la prisión preventiva. Así, la Sala resalta que desconoce «fidedignamente» el punto de inflexión que provocó que unas actuaciones instructoras iniciadas en el año 2005 desencadenaran a finales de 2008 la llamada Operación Pitiusa y el ingreso en prisión sin fianza de Huerta. Los magistrados explican que conocen los hechos investigados a través del informe documentado del Ministerio Fiscal, puesto que del auto del juez instructor recurrido (en el que denegaba por segunda vez la salida de prisión del arquitecto), de 11 de febrero, «es imposible siquiera adivinarlo», a lo que agregan que tampoco se han elevado a este tribunal «otras resoluciones que, sin duda, hubieran podido -y debido- ilustrar sobre la materia».

Cabe tener en cuenta que la Audiencia Provincial (en este caso la sección segunda) rechazó a finales de diciembre pasado el mismo recurso de la defensa de Huerta. Pocas semanas después, el abogado del arquitecto solicitó de nuevo al juez instructor la libertad de su defendido y, al ser desestimada, elevó de nuevo un recurso a la Audiencia. Éste recayó en manos de otro tribunal (la sección primera), que es el que ahora ha fallado en favor de los intereses del preso.

Huerta Briz ingresó en prisión de forma provisional y sin fianza hace cinco meses y 10 días, como consecuencia de la Operación Pitiusa en la que se produjo también la detención de su esposa, su hijo y la pareja de éste, así como el registro de las viviendas de la familia y su despacho privado. Huerta está imputado por la comisión supuesta de siete delitos, entre ellos malversación, cohecho y blanqueo de capitales, por ser presuntamente el cerebro de una trama de corrupción urbanística, cuya investigación sigue su curso, en la que éste hacía servir su cargo de arquitecto municipal de Sant Josep para ejecutar proyectos a través de la sociedad de su nuera (Keltike). El aparejador municipal, José Blanco, también está imputado.

Abundando en la tesis de la falta de información previa, el tribunal asegura «ignorar» las auténticas razones que amparan el riesgo de que el arquitecto pudiera destruir pruebas inculpatorias en el caso de que saliera de prisión, tal como alegaban el juez y el fiscal para mantener la medida cautelar. Sobre esta cuestión, los magistrados señalan que «el auto combatido» (el del juez instructor en el que rechazaba la salida de Huerta de la cárcel) se limita a indicar que sigue subsistiendo el peligro de destrucción de pruebas «porque hace escasamente un mes ya lo confirmó así la Audiencia (la sección segunda) y por ello sería incongruente descartarlo». El tribunal considera que el juez citaba el riesgo de destrucción de pruebas, pero no lo motivaba «mínimamente» en función de datos objetivos, «quedando la conclusión de instancia asentada en una pura sospecha o intuición [por más razonable que sea] que a estas alturas se erige en una vía inhábil para mantener la medida cautelar». Además, la Audiencia destaca que si la investigación judicial se halla bajo secreto sumarial, «no aventura en qué medida [por ahora] puede el recurrente no sólo tener acceso a datos secretos, sino intervenir torticeramente».

El tribunal considera que no se va a fugar de la isla

La Audiencia Provincial cree que Huerta no tiene intención de eludir la acción de la Justicia y basa esta afirmación en que el ex arquitecto municipal viajó desde Argentina a Eivissa durante el transcurso de la Operación Pitiusa para entregarse a la Policía. «Es un acto altamente revelador de que sus esperanzas no se hallan puestas en la sustracción a la acción de la Justicia, por más que el Ministerio Fiscal haya trasladado sus sospechas de que el recurrente abriga bienes y metálico a buen recaudo, y quizás en el extranjero», dice el auto del tribunal. Así, el tribunal plantea la ausencia del riesgo de fuga, otro argumento empleado por la defensa para eludir la prisión.

La situación de prisión preventivas se puede mantener un máximo de seis meses en el caso de que exista riesgo de destrucción de pruebas y de dos años, prorrogables, en el de fuga. Los magistrados insisten en que al no disponer de más información es «imposible efectuar con un mínimo rigor» un cálculo de la pena que se le podría imponer a Huerta por los delitos que se le imputan. El auto hace esta última consideración, puesto que la ley determina que el peligro de fuga está condicionado por la condena que le pudiera imponer un tribunal tras el juicio. La Sala considera que no poder hacer un cálculo aproximado de la posible pena supone «un severo obstáculo». Ante esta situación, el tribunal agrega que, a la hora de analizar el riesgo de fuga, «debe limitarse a constatar que no se puede cuestionar que el recurrente goce de arraigo domiciliario, familiar, económico, laboral y social cumplidamente afianzado en la isla de Eivissa».

Por todo ello, la Sala opta por imponer a Huerta otras medidas alternativas y «menos comprometidas con el derecho constitucional en juego» y el pago de la fianza de 100.000 euros. Los magistrados entienden que esta cantidad económica está en consonancia con «el protagonismo» atribuido al recurrente frente a otros imputados del entorno familiar (su hijo y la pareja de éste) que salieron en libertad tras el pago de una fianza de 80.000 euros.

 

2009-03-20 | Etiquetes: , , | Categories: Eivissa i Formentera | Enllaç

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