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Santa Eulària: el fiscal recurrirá la sentencia que exculpa a Vicente Riera Noguera |
(Diario de Ibiza, 3/12/2006)
La Fiscalía afirma que no se puede considerar suelo urbano un arenal de dunas con pinar en la costa
Eivissa | J. Ll. F.
La Fiscalía de Eivissa confirmó ayer que tiene previsto presentar recurso contra la sentencia judicial que recientemente absolvió al concejal de Urbanismo de Santa Eulària, Vicente Riera Noguera, de un delito de prevaricación urbanística.
El Ministerio público estima que no se puede considerar como suelo urbano un terreno costero ocupado por un dunar y recubierto de pinos y sabinas. Precisamente, uno de los principales argumentos de la juez de lo penal que absolvió a Riera consistía en asumir los informes técnicos que consideraban urbano ese solar, frente a otros dictámenes también técnicos que calificaban el solar como suelo rústico.
La Fiscalía no comparte el criterio de la juez que dictó la citada sentencia y considera que deben revisarse los criterios en que se fundamentó la absolución, para lo que recalca la necesidad de comprobar la auténtica naturaleza de ese solar.
La sentencia, pese a su fallo absolutorio, consideraba que el concejal de Santa Eulària «debió abstenerse en la votación de la licencia», ya que su beneficiario directo era primo hermano de Vicente Riera Noguera. Sin embargo, consideró que el conjunto de los hechos denunciados no alcanzaban la categoría de delito.
La Fiscalía afirma que no se puede considerar suelo urbano un arenal de dunas con pinar en la costa
Eivissa | J. Ll. F.
La Fiscalía de Eivissa confirmó ayer que tiene previsto presentar recurso contra la sentencia judicial que recientemente absolvió al concejal de Urbanismo de Santa Eulària, Vicente Riera Noguera, de un delito de prevaricación urbanística.
El Ministerio público estima que no se puede considerar como suelo urbano un terreno costero ocupado por un dunar y recubierto de pinos y sabinas. Precisamente, uno de los principales argumentos de la juez de lo penal que absolvió a Riera consistía en asumir los informes técnicos que consideraban urbano ese solar, frente a otros dictámenes también técnicos que calificaban el solar como suelo rústico.
La Fiscalía no comparte el criterio de la juez que dictó la citada sentencia y considera que deben revisarse los criterios en que se fundamentó la absolución, para lo que recalca la necesidad de comprobar la auténtica naturaleza de ese solar.
La sentencia, pese a su fallo absolutorio, consideraba que el concejal de Santa Eulària «debió abstenerse en la votación de la licencia», ya que su beneficiario directo era primo hermano de Vicente Riera Noguera. Sin embargo, consideró que el conjunto de los hechos denunciados no alcanzaban la categoría de delito.