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Sant Josep: el juez descarta que exista delito en la instalación de la planta de hormigón de Can Bossa |
(Diario de Ibiza, 7/10/2006)
Pablo Mendoza afirma que los hechos denunciados «no tienen relevancia penal» y no presentan indicios delictivos
Eivissa | J. Ll. F.
El titular del juzgado de instrucción número 3 de Eivissa, Pablo Mendoza, ha emitido un auto en el que niega la existencia de indicios de delito en la instalación de la planta de hormigón de la zona de Can Bossa, que fue denunciada por los vecinos por las graves molestias ambientales que produce y por la ausencia de la tramitación legalmente exigida, según afirmaban.
El juez señala que «sólo cabría apreciar delito por una triple vía». En primer lugar, si al no exigir licencia para esta instalación se estuviera actuando «a sabiendas de su injusticia». Sin embargo, «tal delito no concurre en este cacso por razón de que [la planta] podría considerarse una instalación no sujeta a licencia municipal previa, al estar prevista, como auxiliar y temporal, dentro de un gran proyecto de infraestructura viaria» del Plan de Carreteras. En segundo lugar, el juez descarta el delito por no encontrarse «en suelo especialmente protegido».
En tercer lugar, habría indicios de conducta delictiva si «la actividad molesta, peligrosa o insalubre fuera de tal intensidad» que sobrepasara una mera molestia. «El Código Penal no se conforma con que tal emisión exista, requiere además que se pueda perjudicar gravemente el equilibrio de los sistemas naturales o causar grave perjuicio a la salud de las personas, con el requisito adicional de que se actúe contraviniendo las leyes», señala el juez.
En todo caso, el auto acuerda llevar a cabo una serie de comprobaciones por parte de peritos biólogos.
Pablo Mendoza afirma que los hechos denunciados «no tienen relevancia penal» y no presentan indicios delictivos
Eivissa | J. Ll. F.
El titular del juzgado de instrucción número 3 de Eivissa, Pablo Mendoza, ha emitido un auto en el que niega la existencia de indicios de delito en la instalación de la planta de hormigón de la zona de Can Bossa, que fue denunciada por los vecinos por las graves molestias ambientales que produce y por la ausencia de la tramitación legalmente exigida, según afirmaban.
El juez señala que «sólo cabría apreciar delito por una triple vía». En primer lugar, si al no exigir licencia para esta instalación se estuviera actuando «a sabiendas de su injusticia». Sin embargo, «tal delito no concurre en este cacso por razón de que [la planta] podría considerarse una instalación no sujeta a licencia municipal previa, al estar prevista, como auxiliar y temporal, dentro de un gran proyecto de infraestructura viaria» del Plan de Carreteras. En segundo lugar, el juez descarta el delito por no encontrarse «en suelo especialmente protegido».
En tercer lugar, habría indicios de conducta delictiva si «la actividad molesta, peligrosa o insalubre fuera de tal intensidad» que sobrepasara una mera molestia. «El Código Penal no se conforma con que tal emisión exista, requiere además que se pueda perjudicar gravemente el equilibrio de los sistemas naturales o causar grave perjuicio a la salud de las personas, con el requisito adicional de que se actúe contraviniendo las leyes», señala el juez.
En todo caso, el auto acuerda llevar a cabo una serie de comprobaciones por parte de peritos biólogos.